• Energía
    • Eólica
    • Hidroeléctrica
  • Autoconsumo
    • Eólica
    • Solar fotovoltaica
    • Almacenamiento
    • Microrredes
    • Biogás
    • Hidrógeno
  • TECHnPower
    • Aerogeneradores
      • nED100
    • Convertidores de Electrónica de Potencia
      • nXL
      • nGM
    • Almacenamiento
      • nBESS
  • Servicios
    • Descarbonización
    • Ingeniería Energética
    • EPC Energía
    • Operación y Mantenimiento
    • Centro de Control 24/7
    • Monitorización y Control
  • Es
    • Gl
    • En

< Volver | 26 noviembre 2019

Normativas para conectar nuevas instalaciones

Normativa para la conexión de nuevas instalaciones de generación en España

Reglamento Europeo de códigos de red de conexión

Cuando a principios del año 2019 analizamos los requisitos a satisfacer para poder conectar a la red una planta de generación en el marco del Código de Red Europeo (Reglamento (UE) 2016/631 [1]) en otro post de este blog, aún no conocíamos el desarrollo de esta norma a realizarse en España. Aunque el Reglamento europeo es de directa aplicación sobre los estados miembros, requiere un desarrollo nacional por parte de cada estado miembro para definir el detalle de algunos de los requisitos técnicos. Veamos qué ha ocurrido.

En abril de 2019, el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) publicó una propuesta de Real Decreto [2] y otra propuesta de Orden Ministerial [3] que adaptaban el reglamento europeo. Dichas propuestas normativas están pendientes aún de aprobación por parte del Gobierno, algo que se espera que ocurra en los próximos meses.

Real Decreto para implementación de códigos de red europeos

El Real Decreto [2] define la aplicabilidad de los códigos de red y el procedimiento a seguir para obtener la notificación operacional de la instalación. En concreto, especifica que los códigos de red son aplicables a todas las nuevas instalaciones de generación de electricidad, considerando como instalaciones existentes aquellas que, o bien se han puesto en servicio antes del 17 de mayo de 2016, o bien han suscrito un contrato definitivo y vinculante de compra de la planta de generación principal antes del 17 de mayo de 2018.

Para la determinación de la significatividad, la propuesta de Real Decreto [2] incluye una clasificación de los generadores en las cuatro categorías indicadas en la Tabla 1, dependientes de su potencia instalada y del nivel de tensión en el punto de conexión.

Tabla 1. Clasificación de los generadores según su significatividad

Cabe destacar el límite inferior indicado para la para la categoría B (100 kW), el cual difiere de manera significativa respecto al límite indicado en el Reglamento (UE) 631/2016 [1] para Europa continental (1 MW).

Orden ministerial de requisitos técnicos para implementación de códigos de red europeos

La propuesta de Orden Ministerial [3] regula los requisitos técnicos no completamente desarrollados en el Reglamento (UE) 631/2016 [1] que debe cumplir una planta de generación para conectarse a la red. Estos requisitos son aplicables en función de la significatividad de la planta, definida en los términos del Real Decreto antes mencionado.

Los requisitos técnicos desarrollados en la Orden Ministerial [3] se agrupan en cinco grupos:

  • Requisitos de frecuencia: se orientan a asegurar la estabilidad de la frecuencia del sistema ante oscilaciones y perturbaciones. El generador deberá disponer de capacidad de regulación en potencia-frecuencia.
  • Requisitos de tensión: buscan mantener la tensión dentro de unos rangos específicos tanto en operación normal como ante perturbaciones en el sistema. El generador deberá ser capaz de producir o consumir potencia reactiva según lo requerido.
  • Requisitos de robustez: permiten garantizar la robustez del sistema ante perturbaciones. El generador deberá soportar huecos de tensión sin desconectarse.
  • Requisitos de restablecimiento: facilitan la recuperación del régimen de operación normal tras perturbaciones en la red. El generador deberá ser capaz de volver a conectarse a la red tras una perturbación.
  • Requisitos de gestión del sistema: exigen la entrega de información y documentación sobre la instalación de generación, necesaria para una correcta gestión y operación del sistema.

En la siguiente tabla se enumeran los requisitos específicos para una planta de generación renovable, así como los tipos de plantas generadoras afectados por ellos.

Tabla 2. Procedimiento de conexión a red y Norma Técnica de Supervisión

Procedimiento de conexión a red y Norma Técnica de Supervisión

Cuando nos enfrentamos al reto de conectar un nuevo generador a red, y asumiendo la vigencia del Real Decreto y de la Orden Ministerial en los términos hoy existentes (borrador de abril de 2019), el primer paso de cara a la conexión a la red de una planta de generación será determinar el tipo de planta de acuerdo con su significatividad y entender las implicaciones reales de los requisitos aplicables para dicha planta.

El trabajo continúa evaluando y certificando su cumplimiento ante el gestor de la red pertinente. Para ello, Red Eléctrica de España y la Asociación de Empresas de Energía Eléctrica han elaborado una Norma Técnica de Supervisión [4] que establece el procedimiento a seguir para certificar el cumplimiento de los requisitos técnicos definidos en los códigos de red de conexión.

En el próximo post hablaremos en mayor detalle sobre esta Norma Técnica de Supervisión y cómo seguirla para conseguir conectar una nueva planta de generación.

Referencias

[1] Diario Oficial de la Unión Europea, Reglamento (UE) 2016/631 de la Comisión de 14 de abril de 2016 que establece un Código de red sobre requisitos de conexión de generadores a la red

Ignacio de Lis Aguirregomezcorta

Ignacio es Ingeniero Industrial por la Universidad Politécnica de Madrid y forma parte del Departamento de Estudios de Red de Norvento, donde desarrolla proyectos de estudios de red para conexión de plantas de generación renovable. Contacta con Ignacio

Compartir: Facebook Mail Linkedin Twitter
< El código de red europeo y las normativas nacionales Enlaces superconductores de alta potencia >
  • Energía
    • Eólica
    • Hidroeléctrica
  • Autoconsumo
    • Eólica
    • Solar fotovoltaica
    • Almacenamiento
    • Microrredes
    • Biogás
    • Hidrógeno
  • TECHnPower
    • Aerogeneradores
      • nED100
    • Convertidores de Electrónica de Potencia
      • nXL
      • nGM
    • Almacenamiento
      • nBESS
  • Servicios
    • Descarbonización
    • Ingeniería Energética
    • EPC Energía
    • Operación y Mantenimiento
    • Centro de Control 24/7
    • Monitorización y Control
  • Norvento
    • Conócenos
    • Equipo
    • Sostenibilidad
    • Innovación
  • Trabaja con nosotros
    • Tu carrera en Norvento
    • Programa de Becas Talento
  • Comunicación
    • Sala de prensa
    • Blog
  • Contacto
  • Visítanos
  • CIne, nuestra sede de energía cero
  • neFO, nuestro centro de fabricación cero emisiones
  • Linkedin
  • X
  • Facebook
  • Instagram
  • © 2026
  • Apoyo institucional
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
  • Canal ético
Es
  • Gl
  • En
  • Energía
    • Eólica
    • Hidroeléctrica
  • Autoconsumo
    • Eólica
    • Solar fotovoltaica
    • Almacenamiento
    • Microrredes
    • Biogás
    • Hidrógeno
  • TECHnPower
    • Aerogeneradores
      • nED100
    • Convertidores de Electrónica de Potencia
      • nXL
      • nGM
    • Almacenamiento
      • nBESS
  • Servicios
    • Descarbonización
    • Ingeniería Energética
    • EPC Energía
    • Operación y Mantenimiento
    • Centro de Control 24/7
    • Monitorización y Control
  • Norvento
    • Conócenos
    • Equipo
    • Sostenibilidad
    • Innovación
  • Trabaja con nosotros
    • Tu carrera en Norvento
    • Programa de Becas Talento
  • Comunicación
    • Sala de prensa
    • Blog
  • Contacto
  • Visítanos
  • CIne, nuestra sede de energía cero
  • neFO, nuestro centro de fabricación cero emisiones
Gestionar consentimiento

En Norvento Enerxía utilizamos cookies propias y de terceros con diferentes finalidades: funcionamiento, seguridad y analítica. Puedes personalizar tus preferencias a través del panel de configuración, así como obtener información adicional sobre el tratamiento de tus datos, incluido el ejercicio de tus derechos, consultando nuestra Política de Cookies.

Puedes cambiar la configuración en cualquier momento regresando al panel, haciendo clic en una opción diferente y actualizando la página web.

Técnicas Siempre activo
Analítica
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Configurar mis preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}